Un Documento del Siglo XVII para la Historia de la Iglesia del Pueblo de Santiago de Huamán

 

Un Documento del Siglo XVII para la Historia de la Iglesia del Pueblo de Santiago de Huamán





La iglesia del pueblo de Huamán

 


 

 

Miguel Adolfo Vega Cárdenas.

 

 

 

La edificación de templos cristianos en los nuevos pueblos de indios, creados en el siglo XVI, estuvo reglamentada por las leyes de la Corona Española. 

 

El pueblo de Santiago de Huamán está ubicado a muy poca distancia de la ciudad de Trujillo y fue la capital del cacicazgo de ese nombre.

 

Su edificación en un principio fue lenta y modesta, inicialmente fueron iglesias costeadas por los encomenderos y también por personas piadosas que quisieron manifestar su fe y agradecimiento. A lo largo de los años estas iglesias sufrieron los rigores que el clima les impuso, terremotos y aluviones se unieron a la fragilidad de los materiales usados en su construcción, para causarles daños, llegando luego a ser reparadas con los consiguientes cambios en su estilo y principalmente en los materiales utilizados en la cobertura de estos templos.

 

La bella Iglesia del pueblo de Santiago de Huamán tal como ahora la vemos ha tenido una larga evolución arquitectónica a través de sus muchos años de existencia, y el documento que nos ocupa es una de tantas pruebas de ello. 

 

Interesante documento que muestra los usos y costumbres de esas épocas, que normaron los sentimientos de los hombres que como habitantes, como religiosos y en este caso a dos alféreces dedicados al lucrativo negocio del transporte y venta de esclavos negros; quienes decidieron costear el cobertura de esa iglesia; ambos personajes establecidos en la ciudad de Trujillo.

 

El documento es una carta otorgada ante el escribano Vicente Salinas, el 20 de febrero de 1675, en que Martín Ximénez, maestro de ensamblador, se comprometió con el alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa, a cubrir de madera, con el sistema de par y nudillo, el cuerpo de la iglesia del referido pueblo; para lo cual el padre fray Roque de Mesa, tendría que entregar las paredes hechas, desde la puerta hasta el arco toral, y al decir de la época, desde los pies de la iglesia hasta su testera.

 

Lo sorprendente del documento es que el maestro Ximénez aceptó como pago de la obra, dos negros bozales de casta congos, de 25 años de edad, proporcionados por los “piadosos alféreces”, conocidos traficantes de esclavos.

 

Los dos infortunados seres humanos estaban marcados en la espalda, como se marca el ganado, y el instrumento de fierro que se utilizó al rojo vivo se llamaba carimba. Fueron otros tiempos, otras mentes a las cuales no nos corresponde juzgar por ser bastante imposible adentrarnos en las mentes de personas que han vivido tantos Siglos antes que nosotros. Pero cierto es que no deja de sorprendernos, causarnos lastima, asombro, malestar e indignación. 

  

  

Concierto, Martín Jiménez con Lorenzo de Figueroa y Juan López.

 

Sepan cuantos esta carta vieren como yo Martín Ximénez maestro de ensamblador, vecino de la ciudad de Trujillo del Perú, otorgo que soy concertado con el alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa, residentes en esta ciudad que están presentes, de tal manera que tengo de ser obligado y me obligo que para el día fin del mes de abril próximo venidero de este presente año en que estamos de mil y seiscientos y setenta y cinco daré acabada y hecha por mis manos a satisfacción del reverendo pare presentado fray Roque de Mesa, cura vicario del pueblo de Guamán de la jurisdicción de esta ciudad, la obra de la iglesia de dicho pueblo, en la forma siguiente:

 

Todo el cuerpo de la dicha iglesia de tijera, una sesma de peralte, una tercia de luz, su cinta y saetino, que haga cuadro su tabla, con que tan solamente se me den por el dicho padre fray Roque de Mesa, las paredes hechas, lo que demandare el arco, en la cual dicha obra me obligo de poner mis manos y los peones y herramientas necesarias, y la comenzaré a hacer desde hoy día de la fecha de esta escritura en adelante sin alzar mano de ella hasta que se acabare; por cuyo trabajo y ocupación que he de tener, los dichos alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa me han dado y de ellos confieso haber recibido realmente y con efecto dos negros bosales de la partida de casta congos, marcados con la marca del margen sobre la espaldilla derecha, de edad de 25 años poco más o menos de que me doy por bien contento y pagado y entregado a mi voluntad y porque su entrega y recibo de presente no parece, renuncio la excepción de leyes del entrega y prueba del renuncio como en ellas se contiene, y si por mi parte no cumpliere lo suso dicho, cumplido que sea el dicho plazo, me obligo a devolver y entregar a los dichos alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa dichos dos negros y consiento y tengo por bien me los puedan quitar y sacar de mi poder de sólo su autoridad y sin la [ilegible] judicial respecto de darles para el dicho efecto de limosna y a su firmeza y cumplimiento obligo mi persona y bienes habidos y por haber y los dichos dos negros por especial hipoteca para no los poder vender ni disponer de ellos sin que primero haya cumplido con lo que soy obligado por esta escritura y lo que en contrario hiciere no valga con poderío y sumisión a las justicias de su Majestad de cualquier partes especial a las de esta dicha ciudad, para que me lo manden cumplir como por sentencia pasada en cosa juzgada, renuncio las leyes y derechos de mi favor y lo que lo prohíbe = Y nos los dichos alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa aquí presentes somos, otorgamos que aceptamos esta escritura como en ella se contiene. Fecha la carta en la ciudad de Trujillo del Perú en veinte días del mes de febrero de mil y seiscientos y setenta y cinco años; y los otorgantes que yo el escribano doy fe conozco lo firmaron siendo testigos Pedro de la Fuente, Francisco Espino Alvarado y el capitán José Rondón presentes.

 

 

Lorenzo de Figueroa 

 

 

Juan López 

 

 

Martín Ximénez 

 

 

Ante mí

Vicente de Salinas

Escribano Público

 

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