Un Documento del Siglo XVII para la Historia de la Iglesia del Pueblo de Santiago de Huamán
Un Documento del Siglo XVII para la
Historia de la Iglesia del Pueblo de Santiago de Huamán
Miguel
Adolfo Vega Cárdenas.
La edificación
de templos cristianos en los nuevos pueblos de indios, creados en el siglo XVI,
estuvo reglamentada por las leyes de la Corona Española.
El pueblo de Santiago de Huamán está ubicado a muy poca distancia de
la ciudad de Trujillo y fue la capital del cacicazgo de ese nombre.
Su edificación en un principio fue lenta y modesta, inicialmente fueron
iglesias costeadas por los encomenderos y también por personas piadosas que
quisieron manifestar su fe y agradecimiento. A lo largo de los años estas
iglesias sufrieron los rigores que el clima les impuso, terremotos y aluviones
se unieron a la fragilidad de los materiales usados en su construcción, para
causarles daños, llegando luego a ser reparadas con los consiguientes cambios
en su estilo y principalmente en los materiales utilizados en la cobertura de
estos templos.
La bella Iglesia del pueblo de Santiago de Huamán tal como ahora la
vemos ha tenido una larga evolución arquitectónica a través de sus muchos años
de existencia, y el documento que nos ocupa es una de tantas pruebas de
ello.
Interesante documento que muestra los usos y costumbres de esas épocas,
que normaron los sentimientos de los hombres que como habitantes, como
religiosos y en este caso a dos alféreces dedicados al lucrativo negocio del
transporte y venta de esclavos negros; quienes decidieron costear el cobertura
de esa iglesia; ambos personajes establecidos en la ciudad de Trujillo.
El documento es una carta otorgada ante el escribano Vicente Salinas, el
20 de febrero de 1675, en que Martín Ximénez, maestro de ensamblador, se
comprometió con el alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa, a cubrir de
madera, con el sistema de par y nudillo, el cuerpo de la iglesia del referido
pueblo; para lo cual el padre fray Roque de Mesa, tendría que entregar las
paredes hechas, desde la puerta hasta el arco toral, y al decir de la época,
desde los pies de la iglesia hasta su testera.
Lo sorprendente del documento es que el maestro Ximénez aceptó como pago
de la obra, dos negros bozales de casta congos, de 25 años de edad,
proporcionados por los “piadosos alféreces”, conocidos traficantes de esclavos.
Los dos infortunados seres humanos estaban marcados en la espalda, como
se marca el ganado, y el instrumento de fierro que se utilizó al rojo vivo se
llamaba carimba. Fueron otros tiempos, otras mentes a las cuales no nos
corresponde juzgar por ser bastante imposible adentrarnos en las mentes de
personas que han vivido tantos Siglos antes que nosotros. Pero cierto es que no
deja de sorprendernos, causarnos lastima, asombro, malestar e indignación.
Concierto,
Martín Jiménez con Lorenzo de Figueroa y Juan López.
Sepan cuantos
esta carta vieren como yo Martín Ximénez maestro de ensamblador, vecino de la
ciudad de Trujillo del Perú, otorgo que soy concertado con el alférez Juan
López y Lorenzo de Figueroa, residentes en esta ciudad que están presentes, de
tal manera que tengo de ser obligado y me obligo que para el día fin del mes de
abril próximo venidero de este presente año en que estamos de mil y seiscientos
y setenta y cinco daré acabada y hecha por mis manos a satisfacción del
reverendo pare presentado fray Roque de Mesa, cura vicario del pueblo de Guamán
de la jurisdicción de esta ciudad, la obra de la iglesia de dicho pueblo, en la
forma siguiente:
Todo el cuerpo de la dicha iglesia de tijera, una sesma de peralte, una
tercia de luz, su cinta y saetino, que haga cuadro su tabla, con que tan
solamente se me den por el dicho padre fray Roque de Mesa, las paredes hechas,
lo que demandare el arco, en la cual dicha obra me obligo de poner mis manos y
los peones y herramientas necesarias, y la comenzaré a hacer desde hoy día de
la fecha de esta escritura en adelante sin alzar mano de ella hasta que se
acabare; por cuyo trabajo y ocupación que he de tener, los dichos alférez Juan
López y Lorenzo de Figueroa me han dado y de ellos confieso haber recibido
realmente y con efecto dos negros bosales de la partida de casta congos,
marcados con la marca del margen sobre la espaldilla derecha, de edad de 25
años poco más o menos de que me doy por bien contento y pagado y entregado a mi
voluntad y porque su entrega y recibo de presente no parece, renuncio la
excepción de leyes del entrega y prueba del renuncio como en ellas se contiene,
y si por mi parte no cumpliere lo suso dicho, cumplido que sea el dicho plazo,
me obligo a devolver y entregar a los dichos alférez Juan López y Lorenzo de
Figueroa dichos dos negros y consiento y tengo por bien me los puedan quitar y
sacar de mi poder de sólo su autoridad y sin la [ilegible] judicial respecto de
darles para el dicho efecto de limosna y a su firmeza y cumplimiento obligo mi
persona y bienes habidos y por haber y los dichos dos negros por especial
hipoteca para no los poder vender ni disponer de ellos sin que primero haya cumplido
con lo que soy obligado por esta escritura y lo que en contrario hiciere no
valga con poderío y sumisión a las justicias de su Majestad de cualquier partes
especial a las de esta dicha ciudad, para que me lo manden cumplir como por
sentencia pasada en cosa juzgada, renuncio las leyes y derechos de mi favor y
lo que lo prohíbe = Y nos los dichos alférez Juan López y Lorenzo de Figueroa
aquí presentes somos, otorgamos que aceptamos esta escritura como en ella se
contiene. Fecha la carta en la ciudad de Trujillo del Perú en veinte días del
mes de febrero de mil y seiscientos y setenta y cinco años; y los otorgantes
que yo el escribano doy fe conozco lo firmaron siendo testigos Pedro de la
Fuente, Francisco Espino Alvarado y el capitán José Rondón presentes.
Lorenzo
de Figueroa
Juan
López
Martín
Ximénez
Ante mí
Vicente
de Salinas
Escribano
Público
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